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Dolores Travieso: “Se evidencia una vez más la opacidad de Marruecos en su actuación en el Sahara Occidental”


Diario La Realidad Saharaui/DLRS
Diario La Realidad Saharaui/DLRS. 04/06/209. Por María José Cámara
Dolores Travieso: Se evidencia una vez más la opacidad de Marruecos en su actuación en el Sahara Occidental
Dolores Travieso: “Se evidencia una vez más la opacidad de Marruecos en su actuación en el Sahara Occidental, prohibiendo la presencia de observadores cualificados”.
Madrid, Consejo General de la Abogacía Española. María Dolores Travieso es abogada especializada en tramitación de asuntos en defensa de Derechos Humanos. A finales del mes de mayo, esta letrada formaba parte de la delegación de observadores internacionales de Derechos Humanos desplazados a El Aaiún para asistir a la vista por el caso de Nazha El Khalidi, que sufrió la prohibición de acceso El Aaiún y posterior expulsión de Marruecos sin justificación motivada.
Junto a dos observadores noruegos, los abogados y abogadas María Dolores Travieso, Ramón Campos, María Lourdes Barón, Ruth Sebastián y Sidi Talebbuia viajaron a Marruecos previa comunicación y acreditación ante el Ministerio de Asuntos Exteriores español siguiendo los procedimientos habituales que rigen la actividad del Consejo General de la Abogacía Española en apoyo a las misiones de observación judicial para velar por el respeto al Derecho de Defensa y al proceso judicial debido. El juicio ha sido aplazado hasta el día 24 de junio.
Tras la orden de deportación, ¿qué explicación recibieron de las autoridades marroquís?
No hemos recibido explicación ni argumento alguno. Nos prohibieron la entrada al Territorio   No Autónomo del Sahara Occidental, sobre el que Marruecos no tiene soberanía alguna de conformidad con la legalidad internacional vigente.
¿Cuál fue la causa que alegaban para la prohibición de acceso a El Aaiún y posterior expulsión de Marruecos?
Inicialmente no dieron detalles. Llegamos procedentes de Gran Canaria a El Aaiún (Sahara Occidental) a las 12:30 hora local. Desde el primer momento, nos separaron del resto del pasaje y, sin pasar por el control policial, nos requisaron nuestros pasaportes. Tras seis horas de espera, y antes de obligarnos a subir a un avión de la “Royal Air Maroc” destino Casablanca (Marruecos) alegaron que nuestra acreditación no tenía sello de la Administración Marroquí. Todo ello, pese a ser esa la acreditación emitida por el Consejo General de la Abogacía Española y aportada desde el año 2002, al tratarse de un territorio custodiado por Naciones Unidas.
Desde el punto de vista de la defensa de los Derechos Humanos, ¿qué consecuencias tiene esta expulsión?
Consideramos, atendiendo al objetivo de nuestra misión, que la principal consecuencia que tiene es la observación jurídica en contra de los activistas políticos saharauis defensores de los Derechos Humanos. Se produce por parte del Gobierno de Marruecos la violación rotunda de los siguientes Derechos Humanos: el Derecho a la Libertad de Información y el Derecho a la Tutela Judicial Efectiva.
Del mismo modo se evidencia una vez más la opacidad de Gobierno de Marruecos en su actuación en el Sahara Occidental, prohibiendo la presencia de observadores cualificados como son los juristas, aislando a la población saharaui.
¿Qué respuesta han recibido de las autoridades diplomáticas españolas?
Escasa y nada contundente; no haciéndose eco de ninguna queja, ni de peticiones al Gobierno de Marruecos por su actuación contra estos juristas en el Territorio No Autónomo del Sahara Occidental. Llamamos a emergencia consular en Rabat, manifestando que esta situación se había producido en ocasiones anteriores. La respuesta que recibimos fue que no podía hacer nada, pero que lo sentían muchísimo.
Cuando aterrizaron en el aeropuerto de Madrid procedentes de Casablanca, fueron recibidos por Victoria Ortega, presidenta de la Abogacía Española. ¿Qué mensaje les transmitió?
La presidenta de la Abogacía Española agradeció el trabajo y la labor de observación jurídica en los juicios contra los saharauis defensores de los Derechos Humanos, así como la verificación del respeto a los Derechos Humanos por parte de la potencia ocupante del Territorio No Autónomo del Sahara Occidental. Esta labor se viene desarrollando por los juristas españoles bajo los auspicios del Consejo General de la Abogacía Española desde el año 2002, acudiendo permanentemente a todos y cada uno de los juicios que se celebran contra los activistas saharauis, ya sea en el Territorio del Sahara Occidental o en el propio Marruecos. Así ocurrió en el juicio militar por los acontecimientos del violento desmantelamiento por las fuerzas militares Marroquíes de “Gdeim  Izik“, juicio celebrado en Rabat en el año 2013, que concluyó con duras sentencias, como condenas de nueve cadenas perpetuas.
Su visita tenía por objeto asistir ante el Tribunal Penal de El Aaiún a la vista que se celebra en el marco del juicio por el caso de Nazha El Khalidi, ¿de qué es acusada esta periodista saharaui?
Está acusada de usurpación de la profesión por no estar titulada en Ciencias de la  Información, cuando realmente la  acción consistió en transmitir en directo a través de Facebook un vídeo de una manifestación en El Aaiún a favor de la Independencia del Sahara Occidental;  y con motivo de las negociaciones en Ginebra entre el Frente Polisario y Marruecos. Fue detenida, golpeada y requisado su material informático, el 4 de Diciembre de 2018. Khalidi trabaja en el portal saharaui Equipe Media, agencia de prensa creada en 2009 en el Sahara Occidental y galardonada este año con el XII Premio de Periodismo Julio Anguita Parrado.
¿Qué pena se le impone por esos hechos? ¿En qué estado ha quedado el caso judicial tras este altercado?
La pena que se le pide por la acusación del Gobierno de Marruecos, representada por el Procurador del Rey (fiscal) es la máxima pena posible. En el presente caso, el Código Penal Marroquí contempla hasta dos años de prisión. El juicio se suspendió, y se señaló una nueva fecha para el 24 de junio del presente año.
¿Tiene algo que ver la expulsión de este grupo de abogados y abogadas con el retraso del juicio al 24 de junio?
En esta ocasión conocemos la causa de suspensión por el abogado de la defensa, el Mtr, Lehbib Rguibi, y el juicio fue aplazado para que se realice un “examen técnico en el teléfono móvil de Nazha”. Si bien, es habitual que los juicios se suspenda sin que se conozcan las razones, y tampoco se conocen las causas de las prohibiciones de entrada de los observadores internacionales.
¿Cómo pueden velar los observadores por el respeto al Derecho de Defensa?
Precisamente asistiendo a los juicios contra los activistas saharauis. Asimismo, denunciando posteriormente en foros supranacionales la vulneración de derechos que se cometen desde el momento de la detención, durante todo el procedimiento y en la propia vista oral, en la que, en ocasiones, se han producido maltratos físicos a los acusados e intimidación a los observadores. Pudiendo apreciar que se viola el consagrado Derecho de Defensa y la Tutela Judicial Efectiva, recogido en el artículo 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuya negación supone apartarse de los principios democráticos por el Gobierno que lo hace.
Usted es una histórica en la defensa de los Derechos Humanos en los juicios desarrollados en Marruecos, ¿qué diferencia observa entre el proceso de Nazha El Khalidi con otros en los que ha estado?
Nuestra labor de observación está basada exclusivamente en los juicios que el Gobierno de Marruecos realiza contra los activistas saharauis defensores de Derechos Humanos, en el Territorio No Autónomo del Sahara Occidental, y en los Tribunales en territorio marroquí.  Estos juicios se caracterizan por una vulneración de los Convenio de Ginebra y de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en tanto que, Marruecos como potencia ocupante del Territorio No Autónomo del Sahara Occidental carece de competencias y soberanía para enjuiciar a los saharauis que reivindican el Derecho a la Autodeterminación.
Durante estos años, el Gobierno de Marruecos ha actuado en contra de los Tratados Internacionales aplicando a la población  saharaui una legislación  que no le compete, obviando su obligación de garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades, tal y como obligan los Convenios de Ginebra. En esta ocasión, el procesamiento de la ciudadana saharaui Khalidi  pone de manifiesto  el empeño del Gobierno actuante en evitar que transcienda  de las fronteras del Sahara la actuación contraria a Derecho que se está llevando a cabo, represaliando y persiguiendo a la población saharaui, aplicando contra los mismo una política de miedo y de terror.

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