Diario La Realidad Saharaui/DLRS
Diario La Realidad Saharaui/DLRS. 04/06/209. Por María José Cámara
Dolores Travieso: “Se evidencia una vez más la opacidad de Marruecos en su actuación en el Sahara Occidental”
Dolores Travieso: “Se evidencia una vez más la opacidad de Marruecos en su actuación en el Sahara Occidental, prohibiendo la presencia de observadores cualificados”.
Madrid, Consejo General de la Abogacía Española.
María Dolores Travieso es abogada especializada en tramitación de asuntos en
defensa de Derechos Humanos. A finales del mes de mayo, esta letrada formaba parte de la delegación de observadores internacionales de Derechos Humanos desplazados a El Aaiún para asistir a la vista por el caso de Nazha El Khalidi,
que sufrió la prohibición de acceso El Aaiún y posterior expulsión de Marruecos
sin justificación motivada.
Junto a dos observadores noruegos, los abogados
y abogadas María Dolores Travieso, Ramón Campos, María Lourdes Barón, Ruth Sebastián
y Sidi Talebbuia viajaron a Marruecos previa comunicación y acreditación ante
el Ministerio de Asuntos Exteriores español siguiendo los procedimientos
habituales que rigen la actividad del Consejo General de la Abogacía Española
en apoyo a las misiones de observación judicial para velar por el respeto al
Derecho de Defensa y al proceso judicial debido. El juicio ha sido aplazado
hasta el día 24 de junio.
Tras la orden de deportación, ¿qué
explicación recibieron de las autoridades marroquís?
No hemos recibido explicación ni argumento
alguno. Nos prohibieron la entrada al Territorio No Autónomo del Sahara Occidental, sobre el
que Marruecos no tiene soberanía alguna de conformidad con la legalidad
internacional vigente.
¿Cuál fue la causa que alegaban
para la prohibición de acceso a El Aaiún y posterior expulsión de Marruecos?
Inicialmente no dieron detalles. Llegamos
procedentes de Gran Canaria a El Aaiún (Sahara Occidental) a las 12:30 hora
local. Desde el primer momento, nos separaron del resto del pasaje y, sin pasar
por el control policial, nos requisaron nuestros pasaportes. Tras seis horas de
espera, y antes de obligarnos a subir a un avión de la “Royal Air Maroc”
destino Casablanca (Marruecos) alegaron que nuestra acreditación no tenía sello
de la Administración Marroquí. Todo ello, pese a ser esa la acreditación
emitida por el Consejo General de la Abogacía Española y aportada desde el año
2002, al tratarse de un territorio custodiado por Naciones Unidas.
Desde el punto de vista de la
defensa de los Derechos Humanos, ¿qué consecuencias tiene esta expulsión?
Consideramos, atendiendo al objetivo de nuestra
misión, que la principal consecuencia que tiene es la observación jurídica en contra
de los activistas políticos saharauis defensores de los Derechos Humanos. Se
produce por parte del Gobierno de Marruecos la violación rotunda de los siguientes
Derechos Humanos: el Derecho a la Libertad de Información y el Derecho a la
Tutela Judicial Efectiva.
Del mismo modo se evidencia una vez más la
opacidad de Gobierno de Marruecos en su actuación en el Sahara Occidental,
prohibiendo la presencia de observadores cualificados como son los juristas,
aislando a la población saharaui.
¿Qué respuesta han recibido de las
autoridades diplomáticas españolas?
Escasa y nada contundente; no haciéndose eco de
ninguna queja, ni de peticiones al Gobierno de Marruecos por su actuación
contra estos juristas en el Territorio No Autónomo del Sahara Occidental.
Llamamos a emergencia consular en Rabat, manifestando que esta situación se
había producido en ocasiones anteriores. La respuesta que recibimos fue que no
podía hacer nada, pero que lo sentían muchísimo.
Cuando aterrizaron en el aeropuerto
de Madrid procedentes de Casablanca, fueron recibidos por Victoria Ortega,
presidenta de la Abogacía Española. ¿Qué mensaje les transmitió?
La presidenta de la Abogacía Española agradeció
el trabajo y la labor de observación jurídica en los juicios contra los
saharauis defensores de los Derechos Humanos, así como la verificación del
respeto a los Derechos Humanos por parte de la potencia ocupante del Territorio
No Autónomo del Sahara Occidental. Esta labor se viene desarrollando por los
juristas españoles bajo los auspicios del Consejo General de la Abogacía
Española desde el año 2002, acudiendo permanentemente a todos y cada uno de los
juicios que se celebran contra los activistas saharauis, ya sea en el
Territorio del Sahara Occidental o en el propio Marruecos. Así ocurrió en el
juicio militar por los acontecimientos del violento desmantelamiento por las
fuerzas militares Marroquíes de “Gdeim
Izik“, juicio celebrado en Rabat en el año 2013, que concluyó con duras
sentencias, como condenas de nueve cadenas perpetuas.
Su visita tenía por objeto asistir ante el
Tribunal Penal de El Aaiún a la vista que se celebra en el marco del juicio por
el caso de Nazha El Khalidi, ¿de qué es acusada esta periodista saharaui?
Está acusada de usurpación de la profesión por
no estar titulada en Ciencias de la
Información, cuando realmente la
acción consistió en transmitir en directo a través de Facebook un vídeo
de una manifestación en El Aaiún a favor de la Independencia del Sahara
Occidental; y con motivo de las
negociaciones en Ginebra entre el Frente Polisario y Marruecos. Fue detenida,
golpeada y requisado su material informático, el 4 de Diciembre de 2018.
Khalidi trabaja en el portal saharaui Equipe Media, agencia de prensa creada en
2009 en el Sahara Occidental y galardonada este año con el XII Premio de
Periodismo Julio Anguita Parrado.
¿Qué pena se le impone por esos
hechos? ¿En qué estado ha quedado el caso judicial tras este altercado?
La pena que se le pide por la acusación del
Gobierno de Marruecos, representada por el Procurador del Rey (fiscal) es la máxima
pena posible. En el presente caso, el Código Penal Marroquí contempla hasta dos
años de prisión. El juicio se suspendió, y se señaló una nueva fecha para el 24
de junio del presente año.
¿Tiene algo que ver la expulsión de
este grupo de abogados y abogadas con el retraso del juicio al 24 de junio?
En esta ocasión conocemos la causa de
suspensión por el abogado de la defensa, el Mtr, Lehbib Rguibi, y el juicio fue
aplazado para que se realice un “examen técnico en el teléfono móvil de Nazha”.
Si bien, es habitual que los juicios se suspenda sin que se conozcan las
razones, y tampoco se conocen las causas de las prohibiciones de entrada de los
observadores internacionales.
¿Cómo pueden velar los observadores
por el respeto al Derecho de Defensa?
Precisamente asistiendo a los juicios contra
los activistas saharauis. Asimismo, denunciando posteriormente en foros
supranacionales la vulneración de derechos que se cometen desde el momento de
la detención, durante todo el procedimiento y en la propia vista oral, en la
que, en ocasiones, se han producido maltratos físicos a los acusados e
intimidación a los observadores. Pudiendo apreciar que se viola el consagrado
Derecho de Defensa y la Tutela Judicial Efectiva, recogido en el artículo 10 de
la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuya negación supone apartarse de
los principios democráticos por el Gobierno que lo hace.
Usted es una histórica en la defensa de los
Derechos Humanos en los juicios desarrollados en Marruecos, ¿qué diferencia
observa entre el proceso de Nazha El Khalidi con otros en los que ha estado?
Nuestra labor de observación está basada
exclusivamente en los juicios que el Gobierno de Marruecos realiza contra los
activistas saharauis defensores de Derechos Humanos, en el Territorio No
Autónomo del Sahara Occidental, y en los Tribunales en territorio
marroquí. Estos juicios se caracterizan
por una vulneración de los Convenio de Ginebra y de la Declaración Universal de
los Derechos Humanos, en tanto que, Marruecos como potencia ocupante del
Territorio No Autónomo del Sahara Occidental carece de competencias y soberanía
para enjuiciar a los saharauis que reivindican el Derecho a la
Autodeterminación.
Durante estos años, el Gobierno de Marruecos ha
actuado en contra de los Tratados Internacionales aplicando a la población saharaui una legislación que no le compete, obviando su obligación de
garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades, tal y como obligan los
Convenios de Ginebra. En esta ocasión, el procesamiento de la ciudadana
saharaui Khalidi pone de manifiesto el empeño del Gobierno actuante en evitar que
transcienda de las fronteras del Sahara
la actuación contraria a Derecho que se está llevando a cabo, represaliando y
persiguiendo a la población saharaui, aplicando contra los mismo una política
de miedo y de terror.
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