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La República Saharaui inicia procedimiento para su admisión en la ONU

Diario La Realidad Saharaui/ DLRS, 08/04/2021 صحيفة الواقع الصحراوي

La República Saharaui, RASD iniciará procedimientos para obtener un asiento en la ONU, Canciller saharaui Uld Salek

Según la agencia de Argelia Aps que recoge la noticia de la agencia rusa Sputnik - El jefe de la diplomacia saharaui, Mohamed Salem Uld Salek, declaró ayer jueves en la capital Argel en una entrevista con la agencia rusa Sputnik que, la República Saharaui (RASD) iniciaría el procedimiento para obtener un asiento como miembro de pleno derecho en la ONU, llamando así a los "estados libres" a apoyar al pueblo saharaui en su lucha por ejercer este derecho de soberanía reconocida por la organización regional africana, UA.

"El hecho de que el procedimiento para una solicitud de admisión de un nuevo miembro de la ONU requiera la aprobación del Consejo de Seguridad y la aceptación de sus cinco miembros permanentes, los coloca precisamente ante sus responsabilidades políticas, morales e históricas", dijo ayer el canciller saharaui Uld Salek a la  Agencia de Noticias Sputnik.

"Quien usará su veto en contra de la pertenencia de la República Saharaui RASD a la ONU como miembro con los mismos derechos y los mismos deberes que todos los demás países asumirá ante el mundo entero la responsabilidad de la continuación de la guerra", advirtió el titular de la Diplomacia saharaui.

El ministro saharaui recordó en la ocasión que la República Saharaui fue proclamada tras la retirada de España tras una guerra de liberación nacional.

"Marruecos obstaculizó en 1975 el proceso de descolonización del territorio arrollado por la ONU", recordó, destacando que la adhesión de la República Saharaui a la ONU, además de que constituye un derecho inalienable e ineludible, es "el resultado inmediato y directo del bloqueo del referéndum de autodeterminación por parte de Marruecos, y esto desde hace 30 años".

En la mismo contexto, Uld Salek afirmó que "no hay otras soluciones al conflicto que las recomendadas por la Unión Africana (UA)", a saber, la negociación de una paz justa y duradera entre la República Saharaui, RASD y Marruecos, dos estados miembros de la Unión Africana UA, de acuerdo con lo dispuesto en el Acta Constitutiva de la organización continental, o la adoptada por el Consejo de Seguridad de la ONU, por unanimidad el 29 de abril de 1991, que consiste en la organización de un referéndum de autodeterminación para permitir que el pueblo saharaui decida su futuro.

En efecto, el artículo 4 de la Ley Constitutiva de la UA se refiere específicamente a la cuestión del respeto de las fronteras heredadas de la colonización, la solución pacífica de conflictos, la prohibición de recurrir o amenazar con recurrir a ella. El uso de la fuerza y ​​la convivencia pacífica y el derecho de los estados miembros de la unión a vivir en paz y seguridad. Recordó la agencia Sputnik.

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