Diario La Realidad Saharaui/DLRS/ صحيفة الواقع الصحراوي
- Los saharauis ponen líneas rojas para negociar con Marruecos sin parar la guerra
- El Frente Polisario presenta las condiciones para participar en cualquier proceso político para finiquitar la ocupación marroquí a través de la vía política
Las condiciones misa para los dirigentes saharauis fueron publicadas ayer
sábado en una declaración oficial del Sr. Mohamed Salem Uld Salek, Miembro del
Secretariado Nacional del Frente POLISARIO, Ministro de Relaciones Exteriores
de la República Saharaui, RASD. Estrictas pautas sobre las se ha pronunciado el
jefe de la diplomacia saharaui en los siguientes términos:
Si el señor Staffan de Mistura fija una fecha concreta para la
celebración del referéndum o un plan práctico para poner fin a las maniobras y
demoras que han obstaculizado los esfuerzos de Naciones Unidas encaminadas a
descolonizar el Sáhara Occidental, a través del ejercicio del pueblo saharaui
de su derecho a la autodeterminación, la historia reconocerá tanto al Enviado
Personal como al Secretario General de la ONU por haber encarrilado el tren de
la legitimidad internacional en el Sáhara Occidental, abriendo así amplias perspectivas
para una paz justa, definitiva y sostenible en la región.
Un planteamiento contrario a los acuerdos firmados entre las dos partes,
no solo no tendría éxito, sino que constituiría un escándalo rotundo para
quienes, durante tres décadas, se han escondido detrás de los secretarios
generales y representantes personales para impedir la independencia del pueblo
saharaui. Un pueblo desamparado porque la potencia colonial abandonó sus
obligaciones como potencia administradora del territorio y no ha sido capaz,
como otros países, de apoyar al pueblo de su colonia, preservando sus intereses
estratégicos.
Los intentos de evadir la realidad de la situación nacional saharaui y
confiscar los derechos de nuestro pueblo a la libertad, la independencia y la
soberanía no tendrán éxito, como lo ha demostrado la experiencia fallida durante
estos 30 años.
La parte saharaui, conocida por su cooperación y compromiso con el
cumplimiento de sus obligaciones con las Naciones Unidas y la Unión Africana,
los dos garantes del Plan de Arreglo, desea sugerir al Sr. De Mistura a que
aconseje a determinados países, reconocidas dentro del Consejo de Seguridad y
del injustamente llamado grupo de “Amigos del Sáhara Occidental” para releer el
quinto párrafo del Plan de Arreglo firmado por las dos partes y aprobado por
unanimidad por el Consejo, que afirma que el referéndum de autodeterminación
constituye una solución consensuada y “una base práctica y razonable".
Últimamente estamos notando que algunos se han vuelto “muy creativos” con
el vocabulario al inventar “nuevos” adjetivos para evitar mencionar el derecho
a la auto determinación con el objetivo de ignorarlo y excluirlo, con el
objetivo de modificar la misión de la MINURSO y la naturaleza de la cuestión
saharaui como una cuestión de descolonización.
Este enfoque no podrá tener éxito porque contradice la legitimidad
internacional tal como la definen unánimemente todas las organizaciones y
tribunales internacionales. Altera, además, la credibilidad de la Organización
de las Naciones Unidas, socava su capacidad financiera, desperdicia el tiempo y
sobre todo constituye un crimen contra el pueblo saharaui.
Hoy está en juego la credibilidad de las Naciones Unidas. El abandono por parte del Consejo de Seguridad de sus responsabilidades como garante directo de la implementación de la misión para la que se creó la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara Occidental (MINURSO), la organización del referéndum, además de la clara complicidad con el ocupante marroquí propiciaron, lamentablemente, la reanudación de las hostilidades, que no se interrumpirán hasta el final de la ocupación ilegal marroquí y el respeto del Reino de Marruecos a las fronteras reconocidas internacionalmente.
Ha quedado claro que el Consejo de Seguridad debe impedir que Marruecos, que ha bloqueado abiertamente la aplicación del acuerdo de paz, adquiera por la fuerza los territorios de sus vecinos, conforme a las disposiciones del Acta Constitutiva de la Unión Africana, la Carta y resoluciones de las Naciones Unidas, así como las sentencias de la Corte Internacional de Justicia y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.